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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

La coordinación con el resto de políticas de vivienda clave para que la regulación de los alquileres sea efectiva según los expertos

08/10/2020 - 17:38

Vivienda. La cuarta sesión de la comisión no permanente para el estudio sobre la regulación de los alquileres se ha centrado en sus efectos sobre el mercado del alquiler.

El pasado 7 de octubre se reunió la cuarta sesión de la comisión no permanente para el estudio sobre la regulación de los alquileres del Ayuntamiento de Barcelona. En esta cuarta sesión el debate se centró en los efectos, positivos y negativos, que la regulación del precio de los alquileres podría tener en el mercado inmobiliario y ha tenido la vista puesta en la ley de regulación de los alquileres aprobada por el Parlamento de Cataluña el pasado 9 de septiembre. Han participado el Doctor Arquitecto, licenciado en ciencias políticas y Codirector del Posgrado de Políticas de Vivienda de la Escuela Sert, Jordi Bosch  Meda; la Relatora de las Naciones Unidas sobre la vivienda adecuada entre 201 y 2020 y Directora de THE SHIFT, Leilani Farha; el Doctor en Planificación Urbana y Regional para la Universidad de California y exdirector de Vivienda de la ciudad de Berkeley, Stephen Barton; el economista del Gabinete Económico de Comisiones Obreras, Luis Zarapuz; el representante del COAC y Profesor del Departamento de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la UPC, Josep Maria Vilanova; y la Jefa de la Asesoría Jurídica del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Cataluña y Presidenta de la FADEI, Montserrat Junyent. La comisión ha sido presidida pro la concejal del grupo municipal de ERC, Eva Baró, y la vicepresidencia ha ido a cargo de la concejal de Vivienda y Rehabilitación, Lucía Martín.

La experiencia en la regulación del precio de los alquileres en nuestro país es reciente aún, pero tal como ha recordado la concejal de Vivienda y Rehabilitación, Lucía Martín, es una estrategia que se ha seguido a lo largo de la historia y en países diversos, incluidas muchas ciudades de los Estados Unidos, un país con políticas económicas muy liberales. La Relatora de las Naciones Unidas sobre vivienda adecuada entre 2014 y 2020 y Directora de THE SHIFT, Leilana Farha, ha recordado como en los Estados Unidos son más de 200 ciudades las que lo regulan, en Francia, a raíz de la pandemia ya hay más de 28, más allá de París que ya lo hacía, y en Berlín se está intentando congelar.

El primer punto en el que han estado de acuerdo casi todos los expertos es que es una herramienta efectiva a corto plazo pero que no puede funcionar sola. El doctor arquitecto, licenciado en ciencias políticas y Directorio del Posgrado de políticas de Vivienda de la Escuela Sert, Jordi Bosch, también ha hablado de como mejora la asequibilidad de forma inmediata dejando más dinero disponible a las familias para el ahorro y el consumo, de forma que puede servir también para reactivar la economía. El Doctor en Planificación Urbana y Regional para la Universidad de California y exdirector de Vivienda de la ciudad de Berkeley, Stephen Barton, ha dicho que “el control de rentas es la única política pública rápida para conseguir un alquiler estable”. Ha explicado que, con una política que tiene un coste cero para la administración, se puede evitar la expulsión de vecinos de ciertos barrios, evitando el coste humano que provoca cualquier desplazamiento o la caída en la pobreza si los vecinos no se trasladen a otro barrio o ciudad.

La regulación de los alquileres tiene, por lo tanto, un efecto positivo inmediato en los vecinos, pero hay que preguntarse también qué efecto puede tener en el mercado y si puede conllevar también consecuencias negativas. Fahra invita, antes que nada, a preguntarnos qué es el mercado. “¿Qué es el mercado? ¿Quién puede pagar alquileres altos? Estamos en un nuevo territorio y, desde una perspectiva de los derechos humanos, el mercado se debería ver determinado por la capacidad adquisitiva de la gente. Es problemático pensar en el mercado por separado. La gente y los políticos son el mercado”.

Sin embargo los expertos han estado de acuerdo en una serie de efectos negativos y la necesidad de buscar medidas para paliarlos. Los más importantes son la posible disminución del parque de alquiler disponible, y de la calidad de la vivienda o el incremento del mercado negro. La Jefa de la Asesoría Jurídica del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Cataluña y Presidenta de la FADEI, Montserrat Junyent, ha alertado que eso ya puede estar pasando con la ley aprobada en el Parlament de Catalunya el mes de septiembre, ya que muchos pequeños propietarios están poniendo sus pisos a la venta y sacándolos del mercado de alquiler para buscar mejor rentabilidad. Por otro lado hay que vigilar que el control de rentas no empeore la calidad del parque de alquiler y haga que los propietarios dejen de invertir en obras de mantenimiento. Eso, explica Junyent, ya pasó con la reforma de la LAU de 1964 que controlaba el precio de los alquileres. Para evitar que todo eso pase es clave un concepto que apunta el doctor arquitecto, licenciado en ciencias políticas y Directorio del Posgrado de políticas de Vivienda de la Escuela Sert, Jordi Bosch, el beneficio razonable. Cualquier regulación el precio del alquiler debe ir acompañada de una garantía del beneficio razonable para la propiedad para evitar externalidades negativas. Es importante, pues, crear excepciones para obra nueva y viviendas rehabilitadas o ayudas e incentivos que fomenten la rehabilitación. Barton ha hablado des de la experiencia de Berkeley, y ha explicado como en Berkeley las reformas no se han reducido respeto a las que se hacían antes de la regulación o respeto a ciudades vecinas no reguladas. También explica que ha dado herramientas a las personas inquilinas para pedir rebajas en caso que no se hagan reformas y a propietarios ayudas para hacer-las.

Otros problemas que no se resolverán con la regulación de los alquileres son el posible incremento de las prácticas abusivas, la discriminación por motivos étnicos o de condición sexual al acceder a una vivienda o la protección de las personas con ingresos más bajos que no pueden pagar estos precios regulados. Todo esto demuestra que se necesitan herramientas más allá de la regulación. El economista del Gabinete Económico de Comisiones Obreras, Luis Zarapuz, ha dicho que la ley de regulación del precio del alquiler es una herramienta a corto plazo mientras se gestiona el resto. Y este resto, como ha explicado Bosch, es el sistema de vivienda que incluye el fomento del alquiler social, ayudas al pago del alquiler para personas con sueldos bajos y fomento de la rehabilitación. Bosch ha hablado incluso de la posibilidad de una gestión pública, aunque sea de forma indirecta, para garantizar una gestión que busque cohesión social y evite posibles efectos negativos. Junyent también ha hablado de la importancia de compartir la responsabilidad entre actores públicos y privados y no dejar la resolución del problema de la vivienda solamente en manos privadas y del control de precios. Después de todo el debate, si hay una cosa que queda clara, es que la regulación de los precios del alquiler puede ser una herramienta muy efectiva pero que requiere coordinación con otras medidas que no dejen nadie fuera y eviten consecuencias negativas.