En esta página encontrarás todas las ayudas para hacer frente al pago del alquiler que ofrecen el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya. Consulta los requisitos, los períodos de solicitud y las cuantías de las diferentes prestaciones.
Prestaciones para el pago de deudas del alquiler
Estado: ACTIVA (puede solicitarse en cualquier momento del año)
Destinatarios: Personas con deudas de mensualidades del alquiler provocadas por circunstancias imprevistas
Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC*, en función de los miembros de la unidad de convivencia
Alquiler mensual máximo: 800€
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
*IRSC = Indicador de renta de suficiencia, valorado en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales
Prestaciones para el pago de deudas de alquiler: renovación de beneficiarios
Estado: ACTIVA
Destinatarios: Personas que tuvieron una resolución favorable de la prestación complementaria para dar continuidad al pago del alquiler o la prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda
Límite de la renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC
Administración que otorga la ayuda: Agencia Catalana de la Vivienda
Prestaciones permanentes para el pago del alquiler
Estado: ACTIVA
Destinatarios: Personas que ya fueron beneficiarias al ejercicio 2022, de acuerdo con la Orden MAH/402/2009, de 5 de agosto, que el 31/12/2012 tenían 65 años o más, con resolución favorable otorgada en 2010
Límite de renta familiar: 2,35 veces el IRSC
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
Subvenciones para el pago del alquiler de viviendas del mercado privado para personas en situación de emergencia económica y social
Estado: ACTIVA
Destinatarios: Personas especialmente vulnerables que se encuentran en situación de emergencia económica y social y en riesgo de exclusión residencial
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
Subvenciones para la inclusión de viviendas en la Bolsa de Alquiler u otros programas sociales
Estado: ACTIVA
Destinatarios: Personas físicas o jurídicas que sean propietarias de una vivienda del mercado libre que pongan a disposición de la Bolsa de Viviendas de Alquiler de Barcelona u otros programas sociales de la ciudad
Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona
Prestaciones municipales derivadas de la mediación
Estado: ACTIVA
Destinatarios: Personas con dificultad para pagar el alquiler y derivadas de un proceso de mediación
Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC*
Alquiler mensual máximo: 970€
Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona
Prestaciones para el pago del alquiler
Estado: NO ACTIVA
Destinatarios: Personas físicas residentes en Barcelona que sean titulares de un contrato de alquiler de una vivienda situada en Barcelona que constituya su domicilio habitual y permanente siempre que tengan unos ingresos bajos o moderados que ponen en peligro su integración social
Límite de renta familiar: 2 veces el IRSC en caso de personas que viven solas; 2,5 veces el IRSC en caso de unidades de convivencia y 3 veces el IRSC en caso de personas con discapacidades o con gran dependencia
Alquiler mensual máximo: Hasta 300€ por vivienda, y un mínimo de 20€
Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona
Bono de Alquiler Joven
Estado: NO ACTIVA
Destinatarios: Jóvenes de entre 18 y 35 años que tengan un contrato de piso o habitación, o están en disposición de tenerlo. En caso de no tenerlo, habrá que formalizar el correspondiente contrato en el plazo de 2 meses y aportar el certificado de convivencia en el plazo de 3 meses, a contar desde la notificación de la resolución
Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC
Alquiler mensual máximo: Hasta 900€ por viviendas; y hasta 450€ por habitaciones
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
Subvenciones para el pago del alquiler destinadas a jóvenes que provienen de la convocatoria de 2022
Estado: NO ACTIVA
Destinatarios: Personas jóvenes de hasta 36 años (incluidos) que provienen de la convocatoria del año 2022 y que no pudieron ser estimadas por agotamiento de la correspondiente partida presupuestaria
Límite de renta familiar: Hasta 2,97 veces el IRSC
Alquiler mensual máximo: Hasta 950€ por viviendas; y hasta 450€ por habitaciones
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
Subvenciones para el pago del alquiler destinadas a personas de 65 años o más
Estado: NO ACTIVA
Destinatarios: Personas de 65 años o más, con un contrato de alquiler y que se encuentren en riesgo de exclusión social
Límite de renta familiar: 3,05 veces el IRSC del año 2022, excepto en los supuestos de víctimas de terrorismo.
Alquiler mensual máximo: 900 €
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
Subvenciones para el pago del alquiler destinadas a jóvenes de 35 años o menos
Estado: NO ACTIVA
Destinatarios: Jóvenes que en el momento de presentar la solicitud tengan 35 años o menos
Límite de renta familiar: 3,05 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC) del año 2022 (24.301,58 €)
Alquiler mensual máximo: Hasta 950 € para viviendas (hasta 1.100 € para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable); y hasta 450 € para habitaciones.
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
Subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso
Estado: NO ACTIVA
Destinatarios: Personas de entre 36 y 64 años, al corriente de pago del alquiler pero con dificultades para pagarlo
Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC
Alquiler mensual máximo: 900 € (vivienda), 450 € (habitación)
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña
Subvención para destinar viviendas del parque privado a familias en situación de emergencia habitacional
Estado: NO ACTIVA
Destinatarios: Entidades sin ánimo de lucro que son propietarias o titulares de una vivienda que hayan puesto a disposición de la Mesa de Emergencia de Barcelona o del Servicio ‘Primero el Hogar’.
Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona.