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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

En esta página encontrarás todas las ayudas para hacer frente al pago del alquiler que ofrecen el Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya. Consulta los requisitos, los períodos de solicitud y las cuantías de las diferentes prestaciones.

Prestaciones para el pago de deudas del alquiler

Estado: ACTIVA (puede solicitarse en cualquier momento del año)

Destinatarios: Personas con deudas de mensualidades del alquiler provocadas por circunstancias imprevistas

Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC*, en función de los miembros de la unidad de convivencia

Alquiler mensual máximo: 800€

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña

*IRSC = Indicador de renta de suficiencia, valorado en 569,12 euros mensuales y 7.967,73 euros anuales

Prestaciones para el pago de deudas de alquiler: renovación de beneficiarios

Estado: ACTIVA

Destinatarios: Personas que tuvieron una resolución favorable de la prestación complementaria para dar continuidad al pago del alquiler o la prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda

Límite de la renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC

Administración que otorga la ayuda: Agencia Catalana de la Vivienda

Prestaciones permanentes para el pago del alquiler

Estado: ACTIVA

Destinatarios: Personas que ya fueron beneficiarias al ejercicio 2022, de acuerdo con la Orden MAH/402/2009, de 5 de agosto, que el 31/12/2012 tenían 65 años o más, con resolución favorable otorgada en 2010  

Límite de renta familiar: 2,35 veces el IRSC 

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña

Subvenciones para el pago del alquiler de viviendas del mercado privado para personas en situación de emergencia económica y social

Estado: ACTIVA

Destinatarios: Personas especialmente vulnerables que se encuentran en situación de emergencia económica y social y en riesgo de exclusión residencial

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña

Subvenciones para la inclusión de viviendas en la Bolsa de Alquiler u otros programas sociales

Estado: ACTIVA

Destinatarios: Personas físicas o jurídicas que sean propietarias de una vivienda del mercado libre que pongan a disposición de la Bolsa de Viviendas de Alquiler de Barcelona u otros programas sociales de la ciudad

Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona

Prestaciones municipales derivadas de la mediación

Estado: ACTIVA

Destinatarios: Personas con dificultad para pagar el alquiler y derivadas de un proceso de mediación

Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC*

Alquiler mensual máximo: 970€

Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona

Subvenciones para el pago del alquiler o cesión de uso

Estado: ACTIVA

Destinatarios: Personas de entre 36 y 64 años, al corriente de pago del alquiler pero con dificultades para pagarlo

Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC

Alquiler mensual máximo: 900 € (vivienda), 450 € (habitación)

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña

Bono de Alquiler Joven

Estado: NO ACTIVA

Destinatarios: Jóvenes de entre 18 y 35 años que tengan un contrato de piso o habitación, o están en disposición de tenerlo. En caso de no tenerlo, habrá que formalizar el correspondiente contrato en el plazo de 2 meses y aportar el certificado de convivencia en el plazo de 3 meses, a contar desde la notificación de la resolución

Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC

Alquiler mensual máximo: Hasta 900€ por viviendas; y hasta 450€ por habitaciones

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña

Subvenciones para el pago del alquiler destinadas a jóvenes que provienen de la convocatoria de 2022

Estado: NO ACTIVA

Destinatarios: Personas jóvenes de hasta 36 años (incluidos) que provienen de la convocatoria del año 2022 y que no pudieron ser estimadas por agotamiento de la correspondiente partida presupuestaria

Límite de renta familiar: Hasta 2,97 veces el IRSC

Alquiler mensual máximo: Hasta 950€ por viviendas; y hasta 450€ por habitaciones

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña

Prestaciones para el pago del alquiler

Estado: ACTIVA

Destinatarios: Personas físicas residentes en Barcelona que sean titulares de un contrato de alquiler de una vivienda situada en Barcelona que constituya su domicilio habitual y permanente siempre que tengan unos ingresos bajos o moderados que ponen en peligro su integración social

Límite de renta familiar: 2 veces el IRSC en caso de personas que viven solas; 2,5 veces el IRSC en caso de unidades de convivencia y 3 veces el IRSC en caso de personas con discapacidades o con gran dependencia

Alquiler mensual máximo: Hasta 300€ por vivienda, y un mínimo de 20€

Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona

Subvenciones para el pago del alquiler destinadas a personas de 65 años o más

Estado: NO ACTIVA

Destinatarios: Personas de 65 años o más, con un contrato de alquiler y que se encuentren en riesgo de exclusión social

Límite de renta familiar: 3,05 veces el IRSC del año 2022, excepto en los supuestos de víctimas de terrorismo.

Alquiler mensual máximo:  900 €

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña

Subvenciones para el pago del alquiler destinadas a jóvenes de 35 años o menos

Estado: NO ACTIVA

Destinatarios: Jóvenes que en el momento de presentar la solicitud tengan 35 años o menos

Límite de renta familiar: 3,05 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC) del año 2022 (24.301,58 €)

Alquiler mensual máximo: Hasta 950 € para viviendas (hasta 1.100 € para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable); y hasta 450 € para habitaciones.

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña