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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

¿Tienes un piso para alquilar? Infórmate de las ventajas

  • Incentivo económico por la inclusión de tu vivienda en la bolsa
  • Subvención para la rehabilitación hasta un máximo de 20.000 euros
  • Bonificación del 95 % en la cuota líquida del IBI
  • ¿Qué servicios ofrece la Bolsa?

    • Servicios de mediación entre personas propietarias de viviendas vacías y posibles inquilinos.
    • Por un lado, los propietarios de viviendas que los cedan a la Bolsa tienen la seguridad que se cumplirán las condiciones del contrato.
    • Por el otro, las personas que busquen una vivienda podrán acceder con garantías a una Bolsa con un precio asequible.

    ¿Cómo pueden participar los propietarios?

    • Todos los propietarios interesados en el programa de la Bolsa de Alquiler podéis rellenar el formulario de solicitud de información o dirigiros a las oficinas de vivienda.
    • Teléfono de atención a los propietarios: 931 229 494. Este teléfono es sólo para propietarios de viviendas interesados en al incluir su vivienda en el programa de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.

    ¿Qué subvenciones e incentivos aporta a los propietarios y propietarias?

    • Incentivo económico a la inclusión de viviendas en la Bolsa: 1.500€ si la vivienda que tienes está vacía, y 6.000€ por liquidación de deuda en el caso de viviendas en proceso judicial.
    • Subvención para la Rehabilitación de la vivienda del 100% del importe de las obras de rehabilitación, hasta un máximo de 20.000€, previa valoración técnica de la vivienda y a cambio de un contrato de 5 años.
    • Bonificación del 95% de la cuota líquida del IBI durante los años de vigencia del contrato de alquiler social (se descuenta del pago del impuesto).

    ¿Qué garantías ofrece?

    • Garantía de cobro por existencia de un fondo de garantía y un seguimiento específico para verificar que el propietario percibe el alquiler en caso de impago.
    • Garantía de mantenimiento de la vivienda que dispone, siempre con un seguro multiriesgo del hogar sin coste.

    ¿Qué facilidades de trámites aporta?

    • El programa ofrece un Seguro de Defensa Jurídica y acompañamiento del equipo de gestión de la Bolsa.
    • Se ofrece asesoramiento jurídico y técnico para la propiedad de la vivienda.
    • Seguimiento social y servicio de mediación a petición de las partes o de oficio.
    • Facilidad y asesoramiento en la tramitación del certificado de eficiencia energética (CEE) y cédula de habitabilidad (CH) incluida (excepto tasas), condicionado a la firma del contrato de alquiler.

    Si tienes un piso vacío, ¡tú tienes la llave!

    ¡Alquila tu vivienda con la garantía de cobro que te ofrece el Ayuntamiento de Barcelona!

    La Bolsa ofrece incentivos a los propietarios para promover la captación de viviendas y asesoramiento técnico y jurídico para redactar el contrato de alquiler, además de velar por el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

    ¡Alquila tu piso con el Ayuntamiento y benefíciate de las ayudas a la rehabilitación!

    Con este programa podrás optar a una subvención para rehabilitar la vivienda del 100% del importe de las obras (hasta un máximo de 20.000 euros), a cambio de un contrato de hasta 5 años para alquilar el piso mediante la Bolsa.

    ¡Alquila tu piso con el Ayuntamiento y tendrás todas las facilidades para la tramitación!

    Si lo que buscas es tranquilidad y facilidad en la gestión, este programa te ofrece un seguro de defensa jurídico, asesoramiento a nivel técnico y jurídico, así como el acompañamiento en las gestiones y la tramitación.

    Alquílalo en solo 4 pasos:

    • 1

      Solicitud de inclusión de la vivienda en la bolsa

    • 2

      Proceso de rehabilitación de la vivienda

    • 3

      Visitas de los candidatos

    • 4

      ¡Y ya está, tu piso está alquilado!

    Infórmate de todas las características del programa

    Si tienes un piso en propiedad y quieres alquilarlo con total garantía y tranquilidad, infórmate aquí de las principales características del programa de captación de pisos para la Bolsa de Vivienda de Barcelona.

    ¿Qué es la Bolsa de Vivienda de Alquiler?

    La Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona se crea con la unificación de la Bolsa de Vivienda de Alquiler Social y la Bolsa Joven de Vivienda. 

    A partir del año 2009, la Bolsa de Vivienda de Alquiler forma parte de las competencias propias del Consorcio de la Vivienda de Barcelona y se gestiona a través de la Red de Oficinas de la Vivienda. 

     

    La Bolsa ofrece servicios de mediación entre personas propietarias de viviendas vacías y posibles arrendatarios, y tiene como objetivo incrementar el número de viviendas de alquiler a precios asequibles y facilitar el acceso a unidades de convivencia y a jóvenes entre 18 y 35 años que cumplan los requisitos de acceso a las Bolsas. Asimismo, esta mediación tiene como objetivo garantizar el acceso a la vivienda al mismo tiempo que se da seguridad al propietario que pone a disposición su vivienda. 

    Teléfono de atención a los propietarios: 931229494. Este teléfono es sólo para propietarios de viviendas interesados en al incluir su vivienda en el programa de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.

    Ventajas y subvenciones para el propietario

    Las ventajas y las subvenciones para los propietarios que incluyan su vivienda son las siguientes:

    • Avalloguer es un sistema de cobertura del cobro de las rentas de alquiler mediante el que se garantiza al propietario la percepción de una cantidad equivalente a un máximo de 6 meses de rentas de alquiler impagadas una vez se ha dictado sentencia judicial.
    • Seguro multirriesgo durante toda la duración del contrato
    • Seguro de cobertura de la defensa jurídica en caso de impagos.
    • Tramitación de la Cédula de Habitabilidad y/o del certificado de eficiencia energética (tasas excluidas, en ambos casos), condicionado a la formalización del contrato de alquiler con la mediación de la Bolsa.
    • Subvención del Consorcio de la Vivienda de Barcelona para obras de habitabilidad o de acondicionamiento de los interiores de las viviendas, de acuerdo con sus bases y en caso de que se publicara la convocatoria que la regule.
    • Bonificación del Ayuntamiento de Barcelona equivalente al 95% del IBI.
    • Asesoramiento jurídico y técnico.
    • Redacción del contrato y mediación en la contratación.
    • Seguimiento de las obligaciones contractuales, principalmente en caso de impagos.
    • Redacción del acuerdo de resolución del contrato en caso de solicitarlo.
    • Para más información, consulta las Normas reguladoras de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.
    • Dado que esta subvención es pública y supone un ingreso patrimonial, la persona beneficiaria tiene la obligación de presentar la declaración del IRPF, en la que también deberá incluir la cuantía percibida.

    ¿Qué es el incentivo para la inclusión de viviendas vacías en la Bolsa?

    Ayuda sujeta a convocatoria. Actualmente, esta ayuda NO está activa.

    El incentivo para la inclusión de viviendas vacías en la Bolsa se trata de una subvención de 1.500 euros que la propiedad puede solicitar por incorporar la vivienda vacía en la Bolsa. El importe de 1.500 euros es independiente de la renta de alquiler pactada y del tiempo transcurrido hasta la firma del contrato de alquiler. Asimismo, podrá solicitarse en la firma del acuerdo de inclusión en la Bolsa y se abonará siempre que se firme el contrato de alquiler.

    Excepcionalmente, aunque no sean viviendas vacías, se tendrán en cuenta aquellas viviendas habitadas que, a pesar de no disponer de un contrato de alquiler, se puedan regularizar con la firma de un contrato de la Bolsa.

    Se puede asimilar a los requisitos de la bonificación equivalente al 95% de la cuota del IBI.

    Requisitos:

    1. Solicitud de la subvención en las oficinas de la vivienda.

    2. Comprobación de los requisitos (Bolsa-captación) y propuesta de resolución (ayudas al alquiler). Una copia de la resolución se entregará a la propiedad en el momento de la firma del contrato de alquiler.

    3. La gestión económica se llevará a cabo a través del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación, con petición de pago por remesa mensual.

    Consulta el acta de cierre de la convocatoria 2023 [CAT]

    ¿Qué significa la garantía de cobro del 100% de las rentas?

    El servicio de mediación de la Bolsa se ofrece a gestionar el cobro del arrendatario y el pago al propietario, a través del sistema "Intermediación de rentas" y la creación de un fondo de garantía por parte del Consorcio de la Vivienda de Barcelona.

    En el último trimestre del 2016, el pago de las rentas se garantiza mediante las ayudas urgentes del programa del SSAH.

    Requisitos:

    • La Bolsa gestiona la firma del contrato de alquiler entre el propietario y el arrendatario.
    • La empresa adjudicataria gestionará el cobro y pago de las rentas.
      • Gestión de remesa al cobro de los alquileres (día 7 de cada mes)
      • Gestión de pagos a los propietarios (día 10 de cada mes)
    • En caso de impago, la situación se comunica a la Dirección de Uso Digno para activar el Servicio de Prevención y Mediación de Vivienda (SPIMV).
    • Los impagos se gestionan a través del SPIMV y las ayudas al alquiler.
    • La empresa adjudicataria:
      • Mensualmente, reportará la situación de impagos y la Comisión de Seguimiento autorizará la aplicación del fondo de garantía.
      • Anualmente, se liquidará y se actualizará el fondo.
    • La gestión económica se llevará a cabo a través del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación.

    ¿Qué es la ayuda para el pago de la deuda del alquiler?

    Esta ayuda se trata de una garantía para el cobro de rentas impagadas.

    Si el contrato está sujeto a la intermediación de la renta, la empresa gestora hará la comunicación del impago a los servicios técnicos de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona en el mismo mes. El caso se derivará al Servicio de Prevención y Mediación de la Vivienda (SPIMV), que analizará la situación y definirá cómo actuar. De acuerdo con la valoración realizada, se optará por lo siguiente:

    • Negociación de la deuda
    • Ayuda para el pago de la deuda
    • Ayuda para el pago del alquiler
    • En determinadas situaciones, se hará la valoración de un realojamiento a un piso más económico de la Bolsa u otros recursos residenciales.

    Excepcionalmente, se deberá iniciar un procedimiento judicial (cobertura de defensa jurídica de la Bolsa). En este caso, la propiedad tendrá cubiertas las rentas de alquiler hasta la recuperación de la posesión de la vivienda (diligencia lanzamiento o acuerdo extrajudicial). Esta situación es incompatible con Avalloguer (6 meses).

    Requisitos:

    1. Informe del SPIMV con valoración.
    2. Comprobación de los requisitos, acuerdo extrajudicial con la propiedad (a través de las Oficinas de la vivienda o de los servicios jurídicos de la Bolsa) y propuesta de resolución.
    3. La gestión económica se llevará a cabo a través de del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación.

    Ayuda a la deuda con procedimiento judicial

    Ante el actual contexto de emergencia habitacional, el Consorcio de la Vivienda de Barcelona pretende regularizar los nuevos contratos de la Bolsa de Alquiler para evitar los procesos de desahucio.

    La ayuda a la deuda con procedimiento judicial se propone como herramienta de gestión para el mantenimiento de la vivienda en la negociación con la parte propietaria. Se trata de una subvención para la inclusión de viviendas implicadas en un procedimiento judicial, cuyo impago de rentas ha derivado en una demanda judicial o bien en una sentencia judicial.

    Condiciones de la ayuda con procedimiento judicial:

    • Permite pagar una deuda de alquiler máxima de 6.000 euros.
    • Es incompatible con Avalloguer.
    • Es incompatible con la subvención de viviendas vacías (1.500 euros).
    • Está condicionada por la firma de un contrato (con la mediación de la Bolsa) y el compromiso de mantener a la misma familia o unidad de convivencia en la vivienda.
    • Según los ingresos de la familia o unidad de convivencia, se podrá considerar la aplicación de la ayuda para el pago del alquiler de la Bolsa como "implícita".

    Requisitos:

    • Tramitación de la subvención para el pago de la deuda acumulada según el procedimiento judicial o acuerdo extrajudicial (a través de las oficinas de la vivienda o de las ayudas al alquiler).
    • Resolución del contrato actual de acuerdo con la sentencia o pacto extrajudicial (a través de las oficinas de la vivienda o los servicios jurídicos de la Bolsa).
    • Firma de un nuevo contrato con la Bolsa de Vivienda de Alquiler.
    • Para las viviendas con cédula de habitabilidad (CH), certificación de eficiencia energética (CEE) y sin necesidad de obras, hay que solicitar lo siguiente:
      • Subvención por el impago de rentas
      • Un nuevo contrato en la Bolsa
    • Para las viviendas sin cédula de habitabilidad (CH) o certificación de eficiencia energética (CEE) y sin necesidad de obras, hay que solicitar lo siguiente:
      • Subvención por el impago de rentas
      • Cédula de habitabilidad o certificación de eficiencia energética
      • Un nuevo contrato en la Bolsa
    • Para las viviendas con necesidad de obras de habitabilidad:
    • Si son obras menores (ejecución compatible con la presencia del arrendatario), hay que solicitar:
      • Subvención por las obras
      • Subvención por el impago de rentas
      • Cédula de habitabilidad o certificación de eficiencia energética
      • Un nuevo contrato en la Bolsa
    • Si son obras mayores (ejecución incompatible con la presencia del arrendatario), hay que solicitar:
    • Compromiso de incluir la vivienda en la Bolsa al final de las obras
    • Subvención por las obras
    • Subvención por el impago de rentas. Trámite CH o CEE
    • Cédula de habitabilidad o certificación de eficiencia energética
    • Un nuevo contrato en la Bolsa

    ¿Qué es la subvención para la rehabilitación de la vivienda?

    Actualmente, esta ayuda NO está activa. 

    Esta ayuda permite recibir la subvención de hasta el 100% del importe de las obras de rehabilitación, hasta un máximo de 20.000 euros.

    Para poder acogerse a esta subvención hay que poner las viviendas a disposición de la Bolsa de Vivienda de Alquiler. El contrato de alquiler que se formalice deberá tener una duración de un año prorrogable hasta cinco años, en el supuesto en que el contrato de alquiler mencionado se resuelva en los dos primeros años, el beneficiario de la subvención estará obligado a formalizar un contrato de alquiler nuevo con la mediación de la Bolsa de Viviendas de Alquiler de Barcelona para un período mínimo de un año prorrogable hasta cinco años en el caso de propiedades de personas físicas y de un año prorrogable hasta siete años en el caso de propiedades de personas jurídicas.

    Las actuaciones subvencionables son las siguientes:

    • Obtención de la habitabilidad
    • Adaptación de las instalaciones del interior de la vivienda y mejora de la habitabilidad
    • Adaptación de la movilidad interior de la vivienda
    • Mejoras energéticas y sostenibilidad

    Consulta los requisitos específicos y la documentación a aportar a la convocatoria de ayudas a la rehabilitación de interiores de viviendas para incorporar en la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.

    Requisitos y documentación que deben presentar los propietarios

    Requisitos para incluir tu vivienda en la Bolsa

    Para incluir tu vivienda en la Bolsa, deben darse las condiciones siguientes:

    • Estar ubicado en la ciudad de Barcelona.
    • Tener cédula de habitabilidad o estar en condiciones de obtenerla.
    • Destinar la vivienda a alquiler a través de la Bolsa.
    • Disponer del certificado de eficiencia energética o estar en condiciones de obtenerlo.

    Procedencia de las viviendas:

    • Viviendas del mercado privado directamente
    • Viviendas con protección oficial con la autorización de la Generalitat de Catalunya para alquilarlas
    • Viviendas del Programa de Rehabilitación del Consorcio de la Vivienda de Barcelona

    Para más información, consulta las normas reguladoras de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona..

    Documentación que hay que presentar y formularios

    Para incluir tu vivienda en la Bolsa:

    Hoja de solicitud (CAT) para poner una vivienda en alquiler a través de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.

    Para solicitar las subvenciones:

    Subvención para la inclusión de viviendas al programa de la Bolsa de Viviendas de Alquiler

    Bonificación equivalente al 95 % del IBI

    Una vez que se haya incluido la vivienda en la Bolsa de Alquiler de Barcelona y mientras se mantenga disponible.

    • Formulario de solicitud de bonificación (CAT). Cuando se firma el contrato de Bolsa se solicita la Declaración de Bien de interés municipal y la bonificación se mantiene vigente durante el contrato de alquiler social.
    • Recibo del IBI del año en curso (en caso de pago fraccionado, solo hay que presentar el recibo de una de las fracciones).

    Subvención por obras

    Consulta la convocatoria de ayudas a la rehabilitación.

    Para más información, consulta las normas reguladoras de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.