Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona
IAJD
Impuesto de actos jurídicos documentados. Grava los actos formalizados en documentos públicos, por ejemplo, las escrituras notariales. En el caso de las hipotecas, la base para calcularlo es la del total de responsabilidad hipotecaria y no exclusivamente por el principal del préstamo, salvo las excepciones establecidas en la ley sobre subrogación y modificación de hipotecas. Se hace efectivo en la delegación provincial de Hacienda.
IBI
Impuesto de bienes inmuebles. Grava el valor del inmueble. Lo recauda el ayuntamiento del municipio donde está ubicado. Se cobra cada año y en función del valor catastral asignado.
ICIO
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Se aplica cuando se realiza alguna de dichas actuaciones que necesitan licencia. Lo paga el propietario del inmueble o del terreno sobre el que se edifica.
Índice de referencia
Se utiliza en los préstamos a interés variable. Determina el tipo de interés —más el margen— en cada una de las revisiones a partir del periodo inicial o fijo del préstamo.
Infraseguro
Asegurar un bien por un valor inferior al real. Para eliminarlo, se pacta con el asegurador una cantidad con independencia del valor que se denomina primer riesgo.
Ingresos familiares ponderados
Ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, teniendo en cuenta el número de personas, los miembros con discapacidad y los mayores de 65 años.
Ingresos máximos
Para ser adjudicatario de una vivienda de protección oficial, es necesario no superar el límite de ingresos máximos establecidos en la normativa. Se entiende por ingresos de la unidad de convivencia la suma de los ingresos percibidos por todas las personas que la integran. Consulta la tabla de ingresos de Barcelona.
Interés de demora
Tipo de interés que se aplica como penalización cuando el deudor incumple las obligaciones de pago. El importe debe aparecer fijado en el contrato.
IPC
Índice de precios al consumo. Evalúa el incremento en los costes. Es el índice por el que se actualiza el contrato de alquiler los primeros cinco años. Después, se hace de acuerdo con lo que se haya pactado en el contrato.
IPREM
El indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) es el índice de referencia en España para el cálculo del umbral de ingresos para múltiples efectos (ayudas para vivienda, becas, subsidios por paro, etcétera). Fue introducido el 1 de julio del 2004, en sustitución del salario mínimo interprofesional (SMI), cuya utilización se restringió al ámbito laboral. Los límites de ingresos para acceder a una vivienda de protección oficial y dotacional se calculan en múltiplos del IPREM anual, con pagas extras.
IRPH
Índice de referencia de préstamos hipotecarios. Engloba tres índices: el de bancos, el de cajas y el del conjunto de entidades de crédito. Miden la media de las operaciones iniciadas o renovadas el mes anterior por cada grupo de entidades. Son un reflejo fiel de lo que cuesta la financiación de la vivienda.
IRSC
Indicador de renta de suficiencia de Cataluña. Creado como sustituto del IPREM —de ámbito estatal—, es el indicador para prestaciones y servicios que son competencia del Gobierno de la Generalitat de Cataluña.
ITP
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Grava, entre otras cosas, la compraventa de inmuebles. Normalmente lo paga el vendedor. El tipo actual es del 6 % en la mayor parte del territorio español, aunque hay excepciones.
IVA
Impuesto sobre el valor añadido. Grava el consumo de bienes y servicios. Lo paga el socio de la cooperativa a quien se adjudica la vivienda.
IVT
Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. De ámbito municipal, grava el aumento del valor de los terrenos. El vendedor es, por ley, el sujeto pasivo del impuesto, salvo pacto contrario, que tendrá que quedar reflejado en la escritura pública de compraventa. La cantidad depende de los años transcurridos desde la última liquidación, del municipio y de la zona donde esté situada la vivienda dentro de la localidad.