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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Barcelona para 9 de cada 10 desahucios en la ciudad

25/03/2021 - 19:44

Vivienda. La moratoria de desahucios aprobada por el Estado ha permitido suspender el 80% antes de la fecha prevista, evitando sufrimiento a muchas familias

Desde el inicio de año, la moratoria estatal de desahucios, junto con el resto de herramientas normativas y de negociación de los servicios de Vivienda municipales y la tarea de los movimientos vecinales, ha permitido suspender 9 de cada 10 desahucios previstos de familias en situación de vulnerabilidad en la ciudad. En concreto, entre el 18 de enero y el 28 de febrero la Unidad Antidesahucios municipal ha trabajado en 450 procesos de desalojo de familias en situación de vulnerabilidad, de los cuales 418 no se han terminado ejecutando, lo que representa un 93% del total. Además, la entrada en vigor del Real Decreto Ley 37/2020 ha permitido que el 80% de órdenes de suspendan antes de la fecha prevista, y, respecto al total de suspensiones, el 77% no se ejecutan gracias a acuerdos de mediación directamente relacionados con el RDL 37/2020. La Concejala de Vivienda y Rehabilitación, Lucía Martín, ha hablado de la importancia del trabajo de Ayuntamiento y vecinos para evitar estos desahucios. «Si no hubiera habido procesos de mediación y acompañamiento y el trabajo de los vecinos los desahucios se habrían producido», ha explicado.

En la mitad de desahucios parados el propietario es un gran tenedor, lo que demuestra la importancia de disponer de herramientas legales que los obliguen a corresponsabilizarse de la solución a la emergencia habitacional ofreciendo un alquiler social a las familias vulnerables. Esto permitiría reducir el número de desahucios, garantizaría el derecho a la vivienda de muchas familias y liberaría recursos humanos y económicos públicos que se podrían destinar a llegar a acuerdos con pequeños propietarios. Martín ha recordado que «los grandes propietarios son unos de los que más se han lucrado con las políticas de vivienda de los últimos años y están detrás del 50% de los desahucios. Por lo tanto, deben corresponsabilizarse «.

La moratoria, de hecho, actúa como incentivo para que los pequeños propietarios lleguen a acuerdos. Su principal virtud es que permite ganar tiempo para que los equipos de profesionales encuentren una solución adecuada y evita a la familia pasar por el trauma del desahucio. «Si no hubiera esta moratoria trabajaríamos con menos capacidad de reacción. No es una solución pero permite ganar tiempo, que la familia no tenga que pasar por el momento traumático. Permite parar el golpe y buscar soluciones «, explicó Martín. La consecución de acuerdos es precisamente una de las principales causas de la suspensión de desahucios, lo que refuerza la necesidad de instituir la mediación obligatoria para ampliar esta cifra y llegar a soluciones beneficiosas para todas las partes, sobre todo en aquellas situaciones con pequeños propietarios.

Por todo ello, el Ayuntamiento de Barcelona ha hecho llegar al gobierno central una propuesta de ley de vivienda con el objetivo de mantener y ampliar las garantías que la actual moratoria ofrece a las familias en situación de vulnerabilidad. Y pidió también que la moratoria se alargue hasta que la nueva ley entre en vigor. «La moratoria es imprescindible pero no es una solución. Es un paso previo a una ley que establezca una mediación obligatoria en los casos de desahucios a familias vulnerables y corresponsabilice a los grandes tenedores. Mientras no llega esta ley la moratoria es imprescindible «, ha explicado Martín. Recordó también que la actual emergencia habitacional no la ha causado la Covidien-19, sino que se trata de una situación cronificada que la pandemia ha agravado.

 

418 desahucios parados, la mitad de viviendas de grandes tenedores

Las 450 órdenes de desahucio de familias en situación de vulnerabilidad que han tenido lugar entre el 18 de enero y el 28 de febrero han afectado 1.592 personas, de los cuales un 37% eran menores de edad. Los principales motivos que han permitido la suspensión de 418 de los 450 casos, un 93%, han sido los acuerdos a través de la mediación municipal en un 77%, unos acuerdos que pueden ir desde el pago de cuotas de alquiler, a la prórroga del lanzamiento para gestionar la entrada de la vivienda en la Bolsa de Alquiler Asequible, el aplazamiento temporal del lanzamiento para facilitar el acceso a otros recursos habitacionales o la suspensiones de la propiedad o el juzgados, entre otros. La mayoría de desahucios provienen de situaciones de empleos en precario en viviendas vacías de pequeños tenedores, una situación no cubierta por la moratoria.

En cuanto a las situaciones de los 418 casos que se han podido detener responden a las siguientes situaciones:
– 55% impago de alquiler
– 32% empleo en precario en viviendas vacías de gran tenedor
– 13% finalizaciones de contrato