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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

¿Qué puedo hacer si tengo problemas para pagar el alquiler?

28/12/2020 - 11:52

Vivienda. Recogemos los recursos que se ofrecen desde las Oficinas de Vivienda para mantener la vivienda y evitar desahucios

La Asesora de Vivienda Compartida de la Red de Puntos de Información Juvenil, Mari Carmen Jiménez, y la abogada de la Oficina de Vivienda de Nou Barris, Maria Romero, hablan sobre los recursos para mantener la vivienda en caso de que el inquilino tenga problemas para pagar el alquiler y evitar los desahucios en una sesión del ciclo «Juventud Conectada». En este ciclo, organizado por los puntos de Información Juvenil de Barcelona, ​​se han hecho una serie de charlas online para dar a conocer los servicios y equipamientos juveniles del Ayuntamiento de Barcelona y resolver dudas a través de las preguntas de los jóvenes.

En esta sesión se explican los recursos que la Red de Oficinas de Vivienda ofrece a aquellas personas que, debido a su situación de vulnerabilidad, tienen problemas para pagar el alquiler. A continuación os resumimos los conceptos clave de la sesión, pero si queréis profundizar encontrareis la charla completa en el siguiente enlace.

 

La clave es prevenir

Si pensamos que podemos tener problemas para pagar el alquiler, la clave es adelantarse al problema y prevenir antes de dejar de pagar y generar una deuda, según explicó la abogada de la Oficina de Vivienda de Nou Barris, Maria Romero. En este sentido ha hablado de dos ayudas que pueden ser útiles:

– Ayuda estatal al alquiler: se publica habitualmente entre los meses de abril y junio, y se otorga en función de la renta. Hay que dirigirse a la Oficina de Vivienda y solicitarla.

– Prestación municipal derivada de la mediación: estas prestaciones están abiertas casi todo el año y se otorgan tras un proceso de mediación con el propietario. La condición para obtenerla es conseguir que el propietario baje el alquiler un mínimo de 50 euros y que el contrato tenga una duración de un mínimo de 12 meses.

 

Recursos disponibles cuando se debe alguna mensualidad

Si no se ha llegado a tiempo y el inquilino ya debe alguna mensualidad, todavía tiene herramientas que le pueden ayudar a sufragar esta deuda, como la Prestación Especial de Urgencia. Para poder pedirla hay que cumplir una serie de requisitos: el alquiler debe ser como máximo de 750 €, el contrato debe tener un año de vigencia a partir de la fecha de la ayuda, la deuda debe ser como máximo de 3.000 euros y se han de demostrar algunos ingresos para poder hacer frente al alquiler tras recibir la ayuda que está destinada sólo a pagar una deuda puntual.

Si el inquilino no cumple alguno de estos requisitos siempre se puede recurrir a la mediación de la Oficina de Vivienda para renegociar la renta, ampliar la vigencia del contrato o la deuda en caso de que supere la cantidad de las ayudas.

 

Si nada de esto funciona y se inicia el proceso de desahucio

Si el proceso de mediación no ha tenido éxito, el inquilino no ha conseguido ninguna de las ayudas disponibles y deja de pagar, el propietario puede iniciar un proceso judicial de desahucio por impago. Romero ha aclarado que, contrariamente a lo que muchos piensan, el propietario puede iniciar un proceso de desahucio desde el primer mes de impago, incluso si el alquiler se paga con retraso. No es una práctica habitual, pero podría hacerlo.

Una vez el inquilino recibe la demanda de desahucio, el inquilino tiene un plazo de diez días para entregar las llaves de manera voluntaria, liquidar la deuda o continuar el proceso judicial a través de un abogado porque no está de acuerdo. Es importante tener en cuenta que, dependiendo de sus ingresos, puede tener derecho a justicia gratuita. Hay pedirlo durante los tres primeros días después de recibir la demanda y, hasta que se le asigne el abogado de oficio, el proceso se detendrá.

El inquilino también puede dirigirse a la Oficina de Vivienda donde se le pueden ofrecer varios recursos. Por un lado, siempre se puede iniciar un proceso de mediación para optar a una prestación especial de urgencia, que es más rápida si hay un proceso de desahucio abierto. Si la deuda es muy elevada se puede proponer al propietario incluir la vivienda en la Bolsa de Vivienda para que el inquilino pueda mantener la vivienda y el propietario tenga una cobertura de rentas en caso de impago, además de otras bonificaciones y una subvención para obras, que se han de poder hacer mientras los inquilinos viven en ella.

 

Si a pesar de todo no se consigue detener el desahucio

Puede que la mediación no funcione y llegue la fecha de lanzamiento. Si el proceso judicial continúa el Servicio de Intervención en situaciones de Pérdida de la Vivienda y/Empleos (SIPHO) acompañará al inquilino en todo el proceso de desahucio hasta el día del lanzamiento intentando la última negociación para suspenderlo.

Si a pesar de esto se acaba ejecutando el desahucio, el inquilino todavía tiene opciones:

– Acogerse a la mesa de emergencia.

– Buscar una nueva vivienda y pedir la prestación por personas desahuciadas que subvenciona hasta el 60% del alquiler de la nueva vivienda y 600 euros para pagar la fianza. Para solicitarla es necesario que la persona desahuciada sea titular del nuevo contrato de alquiler, aunque no sea la única.

– Inscribirse como demandante en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial para optar a una vivienda pública.

 

Más recursos e información a la Red de Oficinas de Vivienda

Las Oficinas de Vivienda de Barcelona ofrecen información sobre estos servicios y muchos otros así como asesoramiento en materia legal. Hay diez, una en cada distrito de la ciudad, y cuentan con un equipo técnico especializado que se encarga de ofrecer atención personalizada a los usuarios.

Actualmente atienden sólo con cita previa y en los casos en que los trámites no se puedan hacer telemáticamente. Su personal, sin embargo, ofrece asesoramiento telefónico a través del servicio «Vivienda te llama» y, en caso de que sea imprescindible realizar el trámite de manera presencial, se dará día y hora para una de las Oficinas de Vivienda de Barcelona.