Si tienes alguna duda, consulta las diferentes preguntas que te orientarán según tus necesidades.
1. No puedo hacer frente al pago del alquiler. ¿Qué puedo hacer?
Si no puedes hacer frente al pago del alquiler, lo primero que tienes que hacer es dirigirte a alguna de las oficinas de la vivienda, donde te proporcionaremos mediación y te informaremos de las diferentes ayudas para el pago de deudas de rentas del alquiler. Estas ayudas se dirigen a personas residentes en Barcelona que sean titulares del contrato de alquiler de su residencia habitual. Hay que cumplir, además, algunos requisitos, que en función de la ayuda tienen unas particularidades u otras. Consulta aquí las diferentes opciones.
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2. No puedo asumir el pago de la hipoteca. ¿Qué puedo hacer?
Si no puedes hacer frente al pago de las cuotas de la hipoteca, dirígete a alguna de las oficinas de la vivienda, donde tienes a tu disposición el servicio de información y asesoramiento Ofideute, dirigido a las familias con dificultades para atender el pago de los préstamos o créditos hipotecarios y que están en riesgo de perder su vivienda principal. Los técnicos cualificados te ayudarán a intentar renegociar la deuda hipotecaria con la entidad bancaria. En las oficinas de la vivienda, además, también pueden informarte de las ayudas de emergencia para el pago de cuotas de amortización hipotecaria.
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3. Me he quedado en la calle a causa de un desahucio. ¿Qué puedo hacer?
Si no tienes ningún lugar en el que pasar la noche y te encuentras en la calle por culpa de un desahucio, puedes llamar al Centro de Urgencias y Emergencias de Barcelona (CUES), al teléfono gratuito 900 70 30 30. Te buscarán un lugar en el que poder dormir. Posteriormente, en las oficinas de la vivienda de Barcelona, puedes pedir la ayuda de urgencia para quienes han perdido su casa a causa de un desahucio o de una ejecución hipotecaria.
4. Quiero rehabilitar mi vivienda. ¿Cómo puedo hacerlo?
Si la rehabilitación afecta a todo el edificio, hay que tramitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios. Puede hacerlo el presidente de la comunidad de propietarios, el administrador de la comunidad o el propietario del edificio. Cuando se trata de rehabilitaciones de interiores de viviendas, las ayudas las puede solicitar el propietario de la vivienda o incluso el arrendatario, debidamente autorizado por el propietario. Las ayudas se tramitan en las oficinas de la vivienda de Barcelona. Un requisito indispensable es disponer de una licencia de obras o de un comunicado inmediato que certifique el inicio de la actividad. Hay que tener en cuenta, además, que hay áreas de la ciudad que disponen de ayudas especiales por sus características: los polígonos de vivienda, la zona de Sant Ramon, el barrio del Raval y la Illa Eficient, en L'Eixample. (Link intern ‘Vols rehabilitar el teu habitatge?’)
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5. Tengo una vivienda en Barcelona y quiero darle un uso. ¿Qué opciones tengo?
Si tienes un piso vacío y quieres sacarle provecho, contribuyendo a la mejora habitacional de la ciudad, tienes tres opciones: incluirlo en la Bolsa de Alquiler Social de Barcelona, acogerte al nuevo Plan de Pisos Vacíos del Ayuntamiento o ceder el piso a la Agencia de la Vivienda de Cataluña. Para incluirlo en la bolsa de alquiler, se debe rellenar la solicitud correspondiente en alguna de las oficinas de la vivienda de Barcelona, pidiendo cita previa. El piso debe estar ubicado en la ciudad y disponer de la cédula de habitabilidad y el Certificado de eficiencia energética —o estar en condiciones de obtenerlos—. Esta opción permite beneficiarse del Avalloguer —un sistema de cobertura del cobro de las rentas de alquiler—, seguros, subvenciones y asesoramiento jurídico y técnico.
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6. Me gustaría acceder a una vivienda pública. ¿Cómo puedo hacerlo?
Para optar a una vivienda pública, hay que dirigirse a alguna de las oficinas de la vivienda de Barcelona e inscribirse en el registro de solicitantes. Lo pueden hacer las personas que se vean privadas de su vivienda por decreto judicial, sentencia judicial firme o dación en pago del inmueble, así como familias con menores de edad que vivan en una vivienda en condiciones precarias de sanidad, higiene y seguridad, o con algún miembro discapacitado o con problemas graves de salud que se vean agravados por las malas condiciones de la vivienda, entre otras casuísticas. Recuerda que la inscripción en el registro caduca al cabo de tres años, de modo que hay que ir renovándola. (link intern a accés a l’habitatge)
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7. ¿Cómo puedo acceder a la bolsa de alquiler?
Uno de los requisitos imprescindibles para inscribirse en la bolsa de alquiler es estar empadronado en la ciudad de Barcelona. También se debe acudir a alguna de las oficinas de la vivienda e inscribirse en el registro de solicitantes. Una vez inscrito, accederás a los pisos de la bolsa. Alquilar un piso a través de este sistema es ventajoso en muchos aspectos: el precio del alquiler es inferior al del mercado, tanto si se trata de una vivienda protegida como si es una vivienda libre; los técnicos se encargan de buscar el mejor piso disponible; y se proporciona asistencia en la elaboración y la firma del contrato, así como asesoramiento jurídico durante todo el proceso —sin coste—, entre otros.
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8. ¿Puedo beneficiarme de una ayuda de urgencia o de emergencia?
Las ayudas de urgencia son prestaciones a fondo perdido que se otorgan a personas que han contraído deudas en relación con la vivienda. Garantizan un hogar al solicitante y a su familia. Las pueden pedir las personas con recibos impagados de rentas de alquiler o de cuotas de amortización del préstamo hipotecario, así como quienes hayan perdido la vivienda como consecuencia de un desahucio o de una ejecución hipotecaria. Para casos muy urgentes de vulnerabilidad y de pérdida inminente de la vivienda, el consorcio dispone de las viviendas del fondo de alquiler social, que adjudica a través de la Mesa de Emergencias Sociales de Barcelona. Si te encuentras en una situación de emergencia y riesgo de exclusión residencial, dirígete a la oficina de la vivienda más cercana.
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9. ¿Quién gestiona las políticas de vivienda en Barcelona?
Las políticas de vivienda en Barcelona dependen del Ayuntamiento y, en concreto, de la Concejalía de Vivienda. Otros entes públicos relevantes son el Patronato Municipal de la Vivienda —creado por el municipio y que promueve viviendas para atender a las personas que no pueden acceder a un domicilio digno en condiciones de mercado— o el Consorcio de la Vivienda de Barcelona —formado por el Ayuntamiento y la Generalitat de Cataluña y que tiene como objetivo desarrollar las funciones, las actividades y los servicios relacionados con la vivienda asequible en Barcelona—.
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10. ¿El acceso a la vivienda es un derecho?
La vivienda es un derecho básico de las personas reconocido en diversos instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 25) o el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 11), y también en la Constitución Española (artículo 47), que especifica: "los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho".