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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Abiertos los primeros expedientes sancionadores por no destinar viviendas a protección oficial

20/12/2022 - 16:23

Vivienda. Se trata de tres grandes rehabilitaciones de L’Eixample que pueden haber incumplido la reserva del 30 % de VPO.

Tres grandes rehabilitaciones de viviendas de L’Eixample han sido expedientadas por incumplir la normativa y no destinar el 30 % de los pisos a protección oficial. Esta infracción podría suponer una sanción económica de entre 400.000 y 600.000 euros en cada caso, según la superficie construida, y la inhabilitación para participar en promociones de viviendas de protección oficial (VPO) durante un periodo de entre uno y tres años.

Las tres grandes rehabilitaciones se encuentran en las calles del Comte Borrell, de Los Castillejos y de Muntaner, y en conjunto tendrían que haber incluido 10 viviendas de protección oficial. En todos los casos se han tramitado sucesivos enterados de obras en lugar de solicitar la licencia pertinente, que solo se habría concedido en caso de que la solicitud hubiera previsto la reserva de VPO.

La Ley 18/2007 por el derecho a la vivienda establece que el incumplimiento de la destinación a la promoción de viviendas protegidas en las reservas previstas en el planeamiento urbanístico (en este caso, el 30 %) es una infracción muy grave, con sanciones de entre 90.000 y 900.000 euros.

Más casos detectados y primeras rectificaciones

Los tres casos que se incoan ahora son los primeros de una serie de diecisiete incumplimientos que han detectado los equipos de inspección municipales, que hacen ascender a setenta las viviendas de protección oficial no aportadas a la ciudad. Además, se prevé que próximamente se incoen seis expedientes sancionadores más.

La inspección y la advertencia municipal ha servido para que en dos de los diecisiete casos los promotores inicien la tramitación de licencia de gran rehabilitación y el ofrecimiento de las viviendas en régimen de protección oficial correspondiente. En cuanto al resto, una vez analizados y estudiados por la Unidad de Disciplina y Antiacoso del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación, derivarán, si procede, en nuevos expedientes sancionadores enmarcados en la Ley 18/2007 por el derecho a la vivienda.