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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Abierta la convocatoria de subvenciones para destinar viviendas del parque privado a familias en situación de emergencia habitacional

17/09/2024 - 13:53

Vivienda. Las entidades gestoras de viviendas pueden presentar su solicitud hasta el 30 de septiembre. El Consorcio de la Vivienda de Barcelona destinará 24 millones de euros en cuatro años con el objetivo de sumar más vivienda social en la ciudad.

El Consorcio de la Vivienda de Barcelona ha abierto la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades gestoras de viviendas del mercado privado para acoger a personas en situación de emergencia económica y social, y en riesgo de exclusión residencial. Se destinarán 24 millones de euros entre 2024 y 2027 (6 millones de euros cada año).

Es la primera vez que se convocan estas ayudas, que sustituyen a los antiguos convenios con las entidades. El objetivo es dar un impulso y aumentar el número de viviendas sociales en la ciudad para ofrecer una solución a la ciudadanía que no tiene acceso a una vivienda digna o que está en riesgo de perderla.

Las beneficiarias de estas subvenciones son entidades sin ánimo de lucro que son propietarias o titulares de una vivienda que hayan puesto a disposición de la Mesa de Emergencia de Barcelona o del Servicio ‘Primero el hogar’. Las bases reguladoras contemplan las siguientes excepciones:

  • Viviendas de titularidad pública administradas o gestionadas por la Generalitat de Catalunya, el Ayuntamiento de Barcelona u otras entidades públicas.
  • Cuando el propietario esté obligado a ofrecer:
    • Un alquiler social con relación a la vivienda, de acuerdo con la actual normativa.
    • Un contrato de arrendamiento u otra obligación de derecho público fundamentada en el interés general a las personas ocupantes de una vivienda que se encuentre en riesgo de pérdida.

Para Joan Ramon Riera, comisionado de Vivienda del Ayuntamiento de Barcelona, “permite llevar 450 viviendas del mercado privado al parque público a la vez que hace posible atender a las familias más vulnerables que lo requieren”.

Las solicitudes deben presentarse en impreso normalizado, debidamente formalizadas y firmadas por la/s entidad/es solicitante/s de la subvención. Además, deberá aportarse una relación normalizada de las viviendas que pongan o hayan puesto a disposición de la Mesa de Emergencia de Barcelona o del Servicio ‘Primero el hogar’ así como una declaración responsable, según modelo normalizado y debidamente firmada, mediante la cual se acredite el cumplimiento por parte de los solicitantes de los requisitos previstos en las bases reguladoras.

Las entidades gestoras que obtengan la ayuda recibirán:

  • Una subvención para el pago de la diferencia entre el canon o renta de las viviendas y la renta que deberían abonar las unidades de convivencia, según los importes fijados en las bases reguladoras.
  • Una subvención para cubrir los gastos de gestión y mantenimiento de las viviendas, según los importes establecidos en las bases reguladoras.

Los requisitos, las incompatibilidades y toda la información sobre qué documentación debe presentarse se pueden consultar en las bases reguladoras.

Las entidades interesadas pueden presentar la solicitud hasta el 30 de septiembre de 2024 a las 14:30 h (el plazo de admisión de solicitudes de las subvenciones se podrá cerrar en una fecha anterior en función de las disponibilidades presupuestarias).