El bono social es un descuento aplicado a la factura de la luz y es gestionado por el Gobierno de España. Se pueden acoger personas y familias en situación de vulnerabilidad económica que tengan un contrato con una de las empresas comercializadoras del mercado regulado. Este punto es importante, puesto que estar en el mercado regulado es uno de los requisitos para poder optar a la ayuda. Si no tienes la energía contratada en el mercado regulado, realiza el cambio.
Otras condiciones a cumplir son tener DNI o NIE, ser titular del suministro y estar empadronado en la vivienda.
Para las familias numerosas y familias con miembros que reciban el ingreso mínimo vital, pensión mínima o pensión de incapacidad no se tiene en cuenta el criterio de renta, sino que se aplica directamente el descuento pertinente sin tener que comprobar los ingresos de la unidad de convivencia.
Otros casos especiales que pueden acogerse al bono social son:
- Víctimas de violencia de género.
- Víctimas de terrorismo.
- Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
- Personas en situación de dependencia de grado II o III.
- Familias con menores y un solo progenitor empadronado en vivienda.
Existe un límite de energía sujeto a bonificación, es decir, el bono social bonifica el término de potencia y el término de energía, pero este último solo hasta un límite. El límite de energía sujeto a bonificación depende del número de personas que conforman la unidad de convivencia y el número de menores existentes. Si se supera ese límite, la energía excedentaria se factura al precio establecido de la tarifa Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
¿Qué validez tiene el bono social?
Tiene una validez de dos años, pero se renueva automáticamente, siempre que las condiciones de la unidad de convivencia se mantengan. Son una excepción las familias numerosas, que pueden disfrutar del bono social hasta la caducidad del carnet de familia numerosa.
Garantía de suministro
El bono social también garantiza el suministro eléctrico a todas aquellas personas y unidades de convivencia que están acogidas al bono y en las que al menos hay una persona con alguna de las siguientes características:
- Algún menor de 16 años.
- Alguna persona con discapacidad igual o superior al 33%.
- Alguna persona con dependencia de grado II o III.
Para conocer los requisitos completos, saber cómo tramitarlo y qué documentación se debe presentar, puedes consultar la siguiente web o contactar con los Puntos de Asesoramiento Energético.
Actualmente, las familias acogidas al bono social, se ahorran entre 180 € y 300 € al año, además de recibir el bono térmico, una ayuda extra anual por gastos de climatización.
El bono social térmico
El bono social también incluye una ayuda económica anual en concepto de energía térmica, es decir, para apoyar el pago de los costes derivados de la calefacción, cualquiera que sea la fuente de energía. Esta ayuda va condicionada a la zona climática y al grado de vulnerabilidad de la persona o unidad de convivencia.