El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley de medidas económicas de carácter urgente, en el que se incluye la prórroga de la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de alquiler de las viviendas que impide la subida de más del 2%.
Por medio de esta medida, se establece que la persona arrendataria de un contrato de alquiler, desde la entrada en vigor de este Real decreto ley hasta el 31 de diciembre de 2022, podrá negociar con el arrendador el incremento aplicado a la renta. La subida de la actualización del contrato no podrá ser superior al 2% que determina el Índice de Garantía de Competitividad.
La ampliación de la limitación evita la habitual aplicación del Índice de Precios al Consumo (IPC) en la actualización del alquiler y establece la necesidad que entre arrendatario y arrendador se llegue a un pacto o bien se cumpla la subida de acuerdo con el Índice de Garantía de Competitividad que haya en vigor.
Con esta regularización, se trata de aplicar una medida de carácter urgente dentro de las medidas estructurales del área de Arquitectura y Vivienda del Gobierno. Con especial atención en el aumento del IPC en el contexto de las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania, para que el precio del alquiler de la vivienda no se vea incrementado.