Con el objetivo de regular los alquileres de temporada, se presenta una modificación de los artículos 276 y 302A del Plan general metropolitano (PGM) para la regulación urbanística del uso de vivienda en el municipio de Barcelona. Esta modificación será el primer instrumento urbanístico de que se dota el Ayuntamiento para regular los alquileres de temporada y de habitaciones, y define y distingue los diversos usos de las viviendas.
Con esta modificación se quiere distinguir y priorizar el uso habitual y permanente de la vivienda sobre el uso temporal y habilitar al Ayuntamiento para regular o condicionar su implantación. La modificación establece que se podrán prohibir, limitar o restringir los otros usos diferentes de la vivienda habitual a través de los planeamientos urbanísticos y las ordenanzas municipales. Al mismo tiempo, también se podrán aplicar restricciones específicas por distritos, barrios o edificios para proteger el carácter residencial de estos.
La modificación del Plan general metropolitano define los diferentes usos de la vivienda:
- Habitual o permanente: se admite sin limitaciones en todas las zonas donde se permite el uso de vivienda. La modificación también incluye que el alquiler de habitaciones permanente tiene que dar derecho, a todas las personas que residan allí, a los servicios comunes para garantizar las necesidades de habitabilidad.
- Temporal: se quiere regular su uso, evitar, así, el fraude actual con el alquiler de temporada e incentivar la incorporación de estos inmuebles a la oferta de alquiler residencial. El uso temporal por motivos laborales, médicos, de estudios o similares se tendrá que acreditar documentalmente cuando lo exija la legislación aplicable.
- Segundas residencias
La modificación proviene de un acuerdo del Gobierno municipal con el grupo Barcelona en Comú en el marco del grupo de trabajo para la regulación de los alquileres de temporada. Este jueves, 5 de diciembre, se ha aprobado inicialmente en la comisión de gobierno, y se prevé la aprobación definitiva a lo largo del segundo trimestre del 2025. Una vez supere este trámite, será necesario abordar el planeamiento derivado con que se regulará y se limitarán los alquileres de temporada.