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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

¿Sabes cómo inscribirte al Registro de Solicitantes de Vivienda de Barcelona?

16/06/2023 - 15:11

Vivienda. En unos pocos pasos, te explicamos cómo darte de alta en el Registro y poder optar a una vivienda de protección oficial en la ciudad de Barcelona.

Para optar a una vivienda con protección oficial en Barcelona, es requisito indispensable estar correctamente inscrito en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Barcelona.

Tu inscripción en cuatro pasos

Antes de iniciar tu alta, debes tener en cuenta dos consideraciones previas:

  • Puedes inscribirte en el Registro de forma individual o en nombre de varias personas, si forman una unidad de convivencia. Es decir, si conviven en la misma vivienda o desean hacerlo en el futuro.
  • Debes cumplir los siguientes requisitos: ser mayor de edad o menor emancipado/a; no tener ninguna vivienda en propiedad salvo excepciones; que la persona solicitante principal esté empadronada en Barcelona; y no superar los ingresos máximos que establece el reglamento del Registro.

Ahora si, los pasos a seguir para formalizar tu inscripción son:

1. Tienes tres formas diferentes de llevar a cabo la inscripción:

   1.1. Por internet, a través de la página oficial del Registro. Una vez dentro, en la pestaña “Nueva solicitud de inscripción”.

   1.2. Por teléfono, llamando al 010, donde un agente formalizará tu solicitud de inscripción.

   1.3. En una oficina de vivienda con cita previa, que puedes solicitar llamando al 010.

2. Una vez completada la solicitud, deberás firmarla y entregarla junto con la documentación en papel. Tienes dos opciones:

   2.1. Si prefieres el correo ordinario, te enviaremos la solicitud a tu domicilio junto con un sobre para devolver la solicitud firmada con la documentación, o puedes llevarlo tú mismo/a a una oficina de vivienda sin cita previa.

  2.2. O bien puedes imprimir la solicitud completada por internet y, junto con la documentación, entregarlo en cualquier oficina de vivienda. Debes solicitar cita en el 010.

3. Puedes consultar el estado de tu solicitud en cualquier momento por internet, utilizando el código de tu solicitud y la contraseña elegida, o bien por teléfono, con el código y el DNI.

4. Una vez que tu inscripción conste como completada, podrás participar en aquellas convocatorias en las que cumplas los requisitos según los datos que figuran en tu inscripción en el Registro. En la página web del Registro encontrarás las convocatorias en curso.

Para obtener más información, puedes consultar el apartado web sobre el Registro.