Os presentamos un nuevo espacio destacado de la Asesoría de vivienda compartida para jóvenes, donde seleccionamos una consulta de todas las que llegan al servicio de asesoramiento durante el mes anterior, y damos una respuesta detallada.
La consulta del mes de enero de 2022 ha sido la siguiente:
«¡Hola!
Soy inquilina de una vivienda y el propietario me ha avisado de que en unos días la comunidad de propietarios empieza obras para reparar la fachada del bloque de pisos donde se encuentra la vivienda. ¿La persona propietaria me puede subir la renta por el hecho de realizar estas obras?»
La respuesta a esta consulta es la siguiente:
No. La persona propietaria no puede aumentar la renta por el hecho de hacer obras de rehabilitación, ya sea dentro de la misma vivienda o, como es el caso, en la fachada del bloque de pisos.
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos así lo establece: la persona arrendadora tendrá que llevar a cabo todas las obras necesarias para conservar la vivienda en condiciones al uso pactado, sin elevar la renta por este motivo.
Cualquier pacto que haya en el contrato en relación con un posible aumento de la renta a consecuencia de hacer obras de conservación, será nulo y se tomará por no puesto en el contrato. Por lo tanto, si la persona propietaria te comunica el aumento de rentas te podrás negar a pagar cualquier incremento de renta por estos conceptos.
Si estás de alquiler y tienes dudas o consultas en relación con el contrato, no dudes al contactar con la Asesoría de vivienda compartida a través de cualquier punto infoJOVE de la ciudad.