Nueva ampliación de la prórroga de algunas de las medidas para ayudar a mantener la vivienda y así minimizar las situaciones de vulnerabilidad ocasionados por la Covid-19. La aplicación de estas medidas responden al Real Decreto Ley 21/201 del 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social i económica.
En este sentido, es interesante saber que:
1. Se ha ampliado la posibilidad de pedir una prórroga extraordinaria de hasta 6 meses en todos los contratos de alquiler habitual que finalizan antes del 28 de febrero de 2022, incluido.
- No será posible beneficiarse de esta prórroga si la persona propietaria ha comunicado que necesita el piso para ella misma, para un familiar o su cónyuge (en caso de separación).
- Durante la prórroga extraordinaria, el arrendador/a continuará aplicando las mismas condiciones contractuales vigentes.
2. Las personas afectadas por procedimientos de desahucios derivados de contratos de alquiler, que aún no tengan fecha de lanzamiento, podrán pedir al juzgado la suspensión extraordinaria del acto de lanzamiento y que sea este mismo quien lo notifique a Servicios Sociales.
Se podrá realizar este trámite siempre que demuestren:
- Una situación de vulnerabilidad económica consecuencia de la Covid-19
- Dificultades para encontrar una vivienda alternativa
También podrán solicitar esta suspensión las personas afectadas por desahucios y lanzamientos en procedimientos de ocupación de inmuebles de personas jurídicas o personas propietarias de más de diez inmuebles, por la vía civil y penal, siempre que demuestren:
- Una situación de vulnerabilidad económica consecuencia de la Covidien-19.
- Que la persona que habita el inmueble sin título, sea una persona dependiente de conformidad con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a la situación de dependencia, o tenga a su cargo un menor o una persona en situación de dependencia.
La suspensión tendrá efectos vigentes hasta que los Servicios sociales adopten las medidas oportunas y, en todo caso, hasta el 28 de febrero de 2022.
3. Suministros
En materia de suministros, la nueva normativa establece las siguientes medidas:
Prohibición de suspensión de energía eléctrica, gas natural y agua hasta el 28 de febrero del año 2022 a todos los consumidores con la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o con riesgo de exclusión social según RD 897/2017, de 6 de octubre.
La condición de consumidor vulnerable y en consecuencia el derecho a percibir el bono social, no se extinguirá hasta la fecha de 28 de febrero de 2022.
Si tienes alguna duda sobre cómo beneficiarse de las diferentes medidas mencionadas o preguntas relacionadas con la vivienda, solicita cita previa con la Asesoría de Vivienda compartido para jóvenes a través de cualquier punto infoJOVE de la ciudad.