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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Ficha de la ayuda

Estado: NO ACTIVA

Destinatarios: Personas jóvenes de hasta 36 años (incluidos) que provienen de la convocatoria del año 2022 y que no pudieron ser estimadas por agotamiento de la correspondiente partida presupuestaria.

Límite de renta familiar: Hasta 2,97 veces el IRSC.

Alquiler mensual máximo: Hasta 950€ por viviendas; y hasta 450€ por habitaciones.

Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Ayuda al alquiler para jóvenes

La Agencia de la Vivienda de Cataluña otorga estas subvenciones a todas aquellas personas jóvenes de hasta 36 años (incluidos) que requieren de una ayuda para el pago del alquiler o precio de cesión de uso de viviendas o habitaciones, y que no pudieron ser estimadas en 2022 a causa del agotamiento de la correspondiente partida presupuestaria. 

A todos los solicitantes se los notificará su inclusión de oficio en la presente convocatoria y se les otorgará un plazo de 15 días hábiles para que aporten la documentación correspondiente, detallada en la parte inferior de la página. Las personas afectadas no hace falta que hagan de nuevo la solicitud de la convocatoria. Para pedir de nuevo la ayuda solo tienen que presentar todos los recibos de alquiler de vivienda o habitación del 2022 (de enero a diciembre).

Puedes consultar más información sobre esta ayuda en el web de la Generalitat de Cataluña.

¿Qué necesitas saber para solicitar esta ayuda?

En estos desplegables podrás encontrar los requerimientos y los pasos a seguir para solicitar esta ayuda. Preferentemente, se puede solicitar a través de la web de trámites de la Generalitat de Cataluña, o presencialmente en las bolsas que forman parte de la Red de Mediación para el Alquiler Social, en las oficinas locales de vivienda, en las dependencias de la Agencia de la Vivienda de Cataluña así como en la sede de la entidad titular o administradora de la vivienda. 

Destinatarios

Personas que presentaron solicitudes en la convocatoria del año 2022 que no pudieron ser estimadas por agotamiento de partida presupuestaria. Únicamente se pueden beneficiar de esta convocatoria las personas que fueron denegadas por agotamiento de la partida presupuestaria de subvenciones para el pago del alquiler para personas jóvenes 2022. Podéis saber si sois una de las personas afectadas consultando este listado. Además, la Agencia de la Vivienda de Cataluña os lo notificará por correo electrónico.

Requisitos

  • Haber presentado la solicitud de Subvenciones para el pago de alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para personas jóvenes, según convocada por la Resolución DSO/2837/2022, de 16 de septiembre, y tener la resolución denegatoria por agotamiento de la correspondiente partida presupuestaria.

Documentación

La documentación necesaria para presentar es:

  • Todos los recibos de alquiler o cesión correspondientes en 2022 pagados. La presentación de estos recibos comporta la aceptación a participar en la presente convocatoria. 
  • En caso de oponerse, pueden presentar un escrito manifestando su disconformidad. 

Esta documentación se puede presentar:

  • Electrónicamente, a través del web de Trámites de la Generalitat de Cataluña (https://habitatge.gencat.cat/rebuts). Se requerirá identificación con idCAT móvil.
  • En las bolsas que forman parte de la Red de Mediación para el Alquiler Social o a las oficinas locales de vivienda, que colaboran mediante un convenio con la Agencia. En el supuesto que no se haya constituido una bolsa ni haya una oficina de vivienda en un ámbito territorial determinado, las solicitudes se pueden presentar en las dependencias de los servicios de la Agencia mencionada de cada demarcación. 
  • En la sede de la entidad titular o administradora de la vivienda, en los casos de inquilinos de viviendas gestionadas por administraciones o empresas públicas. 
  • En la Agencia de la Vivienda de Cataluña, por los medios que establecen el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, y el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

Una vez presentada la documentación prevista en el apartado primero, se procederá a dictar la resolución que corresponda. En el caso de falta de oposición a participar en esta convocatoria, se resolverá la concesión de la subvención para las mensualidades de alquiler o precio de cesión correspondientes al ejercicio 2022 debidamente justificadas. 

Cuantía y plazo de la solicitud

La subvención se otorga para el año de la convocatoria. Para personas titulares de contratos de alquiler firmados entre el 1 de enero del año de la convocatoria y la fecha en que se acaba el plazo de presentación de solicitudes, el importe de la subvención será por la cuantía correspondiente a las mensualidades incluidas entre el mes posterior a la fecha de vigencia del contrato presentado en el momento de hacer la solicitud y el mes de diciembre del año de la convocatoria, con un importe máximo mensual de 250 euros y un importe mínimo mensual de 20 euros. 

La documentación para aportar se tiene que entregar en el plazo de 15 días hábiles hasta el 20 de marzo de 2023. Actualmente, la convocatoria está cerrada.

Incompatibilidades

Estas subvenciones son incompatibles con el cobro de otras ayudas que provengan de cualquier Administración pública o de entidades públicas o privadas para las mismas mensualidades del mismo año y que tengan la misma finalidad. La suma total de los importes a percibir en el caso de subvenciones compatibles en un mismo año natural, no puede ser superior a 4.500 euros.  

También son incompatibles con las prestaciones y/o ayudas para el pago del alquiler objeto de convocatorias del Consorcio de la Vivienda de Barcelona.