Tanca Tanca

Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z

Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

Cerrar glosario

Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

Estas subvenciones están dirigidas a las personas propietarias que quieran adoptar medidas para mejorar la eficiencia energética de su domicilio habitual.

Viviendas eficientes y sostenibles

Rehabilitación para mejorar la eficiencia energética de la vivienda

Esta línea de subvención se dirige a las personas propietarias que quieren adoptar medidas para mejorar la eficiencia energética de su domicilio habitual, como la modificación de cierres, el cambio de ventanas o el cambio de sistemas de climatización que sustituyan a las energías fósiles por energías renovables o biomasa.

Estas actuaciones, además del ahorro económico que conllevan en el consumo energético del hogar, contribuirán a mitigar los efectos del cambio climático y construir un país más sostenible.

¿Quieres saber cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación del edificio?

En estos desplegables podrás encontrar los requerimientos y pasos a seguir para pedir esta ayuda.

Destinatarios

Propietarios de viviendas y también usufructuarios y inquilinos.

Requisitos

Subvenciones destinadas a actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.

  • El inicio de las actuaciones subvencionables debe ser posterior al 1 de febrero de 2020.
  • No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil, si bien las mismas podrán incluirse en el certificado energético de proyecto y final.
  • Las viviendas por las que se solicite la ayuda de este programa deben constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de presentar la solicitud. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.
  • El plazo de ejecución de las obras no puede superar los 12 meses contados desde la fecha de concesión de la ayuda y tendrán que haber finalizado antes del 30.6.2026.

Compatibilidades e incompatibilidades

  • Esta ayuda es compatible con cualquier otra ayuda pública para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las intervenciones y que las demás ayudas lo permitan.
  • Serán compatibles con cualquier otra ayuda pública de fondos europeos para distintas actuaciones.
  • Son compatibles con las ayudas del programa 1, ayudas a las actuaciones de rehabilitación de barrios, o el programa 3, de ayudas a las actuaciones de rehabilitación de edificios, de la misma convocatoria, siempre que quede acreditado que no se subvenciona el mismo coste.

Cuantía y plazo de la solicitud

El coste mínimo de la actuación debe ser de 1.000 €. El importe de la subvención es de un 40% del coste de las obras con un máximo de 3.000 €.

Subvención complementaria municipal:

  • En los casos de edificios ubicados en zonas acústicamente tensionadas (ZAT) según el 'Plan de medidas contra la contaminación acústica 2022-2030' de la ciudad de Barcelona, ​​podrá incrementarse la cuantía máxima de la ayuda en 500 € por vivienda.

Esta ayuda puede solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2024, o hasta agotamiento de los fondos.

Otras informaciones

Actuaciones subvencionables:

Son subvencionables aquellas actuaciones realizadas en estas viviendas, siempre y cuando, al menos, cumplan una de las siguientes condiciones:

  • Reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos un 7%.
  • Reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
  • En caso de que modifique o sustituya elementos constructivos de la envolvente térmica que cumplan con los valores límites de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire de las tablas 3.1.1.a y 3.1.3.a del CTE DB HE-1.
  • En todos los casos las reducciones de demanda o consumo se tendrán en cuenta por comparativa del Certificado de Eficiencia Energética existente antes de la actuación y el propio certificado posterior a la actuación.