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Glosario de Vivienda

Aquí encontrarás información sobre todos los temas relacionados con la vivienda de Barcelona

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Acto jurídico documentado

Documento de carácter jurídico sobre el que se aplica un impuesto.

Acuerdo de comunidad

Acta de la reunión de la comunidad de propietarios en la que se aprueba hacer obras.

Administrador de fincas

Persona encargada de administrar inmuebles, tanto comunidades de propietarios como fincas de un solo propietario en régimen de arrendamiento.

AEDE

Ayuda estatal directa al pago de la entrada de una vivienda.

Alquiler

Es el contrato en virtud del que una persona —arrendador, propietario, usufructuario— se obliga a dar a otra —arrendatario, inquilino— el uso y disfrute de una vivienda para un tiempo determinado y a cambio de un precio concreto, la renta.

Alquiler asequible

El precio del alquiler de estas viviendas es inferior al del mercado después de ser incluidos en operaciones de la bolsa de alquiler, actuaciones de rehabilitación protegida o promociones de vivienda con protección.

Amortización

Pago que se realiza para devolver un préstamo.

Amortización anticipada

Posibilidad de devolver el préstamo —total o parcialmente— antes del tiempo pactado. Hay que saber si la entidad de crédito reconoce esta posibilidad y en qué condiciones —si establece una cantidad mínima y el importe de las comisiones—. En general, se suele cobrar un porcentaje sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, para compensar el quebranto financiero que implica la alteración del calendario de amortización pactado.

API

Agente de la propiedad inmobiliaria. Profesional titulado que hace de mediador para facilitar que las partes interesadas acaben suscribiendo el contrato inmobiliario que se le ha encargado, sea de arrendamiento, de compraventa u otros contratos afines. Suele cobrar un porcentaje sobre el precio de la venta como contraprestación o comisión.

Arbitraje de consumo

Medio por el que se pueden resolver de manera no judicial los conflictos entre dos partes. Sin embargo, se requiere que estas se sometan voluntariamente al arbitraje. Las resoluciones arbitrales tienen valor judicial.

Arbitrio municipal de plusvalía

Antigua denominación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos.

Arras

Dinero que equivale a una parte del precio de la vivienda y que el futuro comprador da al vendedor como garantía de que lo comprará en un periodo de tiempo determinado. Si se agota el plazo, el comprador pierde las arras. Si el vendedor no respeta el periodo acordado y vende la vivienda a otra persona, debe pagar el doble a quien había entregado las arras. Si la operación se cierra, las arras se consideran un pago a cuenta.

Arrendador

Propietario, persona que alquila un piso.

Arrendamiento

Alquiler de una vivienda a la persona que firma el contrato de arrendamiento y a las personas que conviven con ella.

Arrendatario

Inquilino, persona que firma el contrato de arrendamiento y ocupa la vivienda alquilada. Persona que alquila un bien inmueble.

Asiento

Referido a la vivienda, cada una de las inscripciones que el registrador realiza en el Registro de la Propiedad en lo referente a la vida de una casa.

Autopromotor

Persona que construye su vivienda porque es propietaria de un solar de uso residencial. Debe cumplir algunos requisitos: contratar a un arquitecto que redacte el proyecto técnico y dirija la obra; solicitar una licencia de obras al Ayuntamiento; pagar los impuestos correspondientes; firmar un contrato de obras en el que se incluyan plazos, materiales y precios con un contratista; firmar, ante notario, la escritura de obra nueva al final de la construcción; y, finalmente, inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Autorización

Documento en el que el propietario autoriza al arrendatario a hacer obras en el interior de la vivienda.

Aval

Garantía de una tercera persona que asegura el pago del préstamo en caso de que no lo haga el titular. Es una garantía personal, ligada a la relación personal del avalador con el titular del préstamo. Si es un alquiler, el propietario puede pedir el aval además de la fianza.

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Las oficinas de la vivienda solo atienden presencialmente con cita previa, por lo que puede consultar aquí el servicio “Vivienda te llama” para recibir la atención personalizada más adecuada. También, si necesita atención sobre derechos energéticos, pida cita previa con un punto de asesoramiento energético (PAE) haciendo clic aquí. Por otra parte, si vive en una vivienda pública del IMHAB, puede consultar las vías de contacto, gestión y tramitación aquí.

¿Tienes dudas sobre el bono social y cómo pedirlo? ¡Te ayudamos!

26/02/2024 - 13:09

Vivienda. El bono social es una ayuda otorgada por el Gobierno a personas en situación de vulnerabilidad económica que permite abaratar la factura de electricidad. Si tienes dudas sobre si cumples los requisitos y cómo pedirlo, te ayudamos a resolverlos.

El bono social es un descuento aplicado a la factura de la luz y es gestionado por el Gobierno de España. Se pueden acoger personas y familias en situación de vulnerabilidad económica que tengan un contrato con una de las empresas comercializadoras del mercado regulado. Este punto es importante, puesto que estar en el mercado regulado es uno de los requisitos para poder optar a la ayuda. Si no tienes la energía contratada en el mercado regulado, realiza el cambio.

Otras condiciones a cumplir son tener DNI o NIE, ser titular del suministro y estar empadronado en la vivienda.

Para las familias numerosas y familias con miembros que reciban el ingreso mínimo vital, pensión mínima o pensión de incapacidad no se tiene en cuenta el criterio de renta, sino que se aplica directamente el descuento pertinente sin tener que comprobar los ingresos de la unidad de convivencia.

Otros casos especiales que pueden acogerse al bono social son:

  • Víctimas de violencia de género.
  • Víctimas de terrorismo.
  • Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
  • Personas en situación de dependencia de grado II o III.
  • Familias con menores y un solo progenitor empadronado en vivienda.

Existe un límite de energía sujeto a bonificación, es decir, el bono social bonifica el término de potencia y el término de energía, pero este último solo hasta un límite. El límite de energía sujeto a bonificación depende del número de personas que conforman la unidad de convivencia y el número de menores existentes. Si se supera ese límite, la energía excedentaria se factura al precio establecido de la tarifa Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).

¿Qué validez tiene el bono social?

Tiene una validez de dos años, pero se renueva automáticamente, siempre que las condiciones de la unidad de convivencia se mantengan. Son una excepción las familias numerosas, que pueden disfrutar del bono social hasta la caducidad del carnet de familia numerosa.

Garantía de suministro

El bono social también garantiza el suministro eléctrico a todas aquellas personas y unidades de convivencia que están acogidas al bono y en las que al menos hay una persona con alguna de las siguientes características:

  • Algún menor de 16 años.
  • Alguna persona con discapacidad igual o superior al 33%.
  • Alguna persona con dependencia de grado II o III.

Para conocer los requisitos completos, saber cómo tramitarlo y qué documentación se debe presentar, puedes consultar la siguiente web o contactar con los Puntos de Asesoramiento Energético.

Actualmente, las familias acogidas al bono social, se ahorran entre 180 € y 300 € al año, además de recibir el bono térmico, una ayuda extra anual por gastos de climatización.

El bono social térmico

El bono social también incluye una ayuda económica anual en concepto de energía térmica, es decir, para apoyar el pago de los costes derivados de la calefacción, cualquiera que sea la fuente de energía. Esta ayuda va condicionada a la zona climática y al grado de vulnerabilidad de la persona o unidad de convivencia.